Saltear al contenido principal
Abogados Especialistas En Marcas

¿Protege la Ley de Propiedad Intelectual los formatos televisivos?

Cuando en 2007 se estrenaba en Telecinco el exitoso programa de televisión “La que se avecina”, a muchos sorprendió la similitud que éste presentaba con la también exitosa serie de Antena 3 “Aquí no hay quien viva”. El mismo desconcierto puede causar la proximidad temática de otros programas presentes a diario (y a menudo simultáneamente) en la parrilla televisiva, como puede ser el caso de “Masterchef” y “Topchef” o “Factor X” y “Tu sí que vales”. ¿Cómo es posible que convivan en la programación nacional shows tan parecidos, o incluso programas idénticos en diferentes países?

En este post vamos a tratar de dar respuesta a este interrogante, y para ello hablaremos de formatos televisivos y la posibilidad de su protección al amparo de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

¿Es legítima la parodia sobre una marca?

A raíz de nuestro post sobre transformación, parodia e integridad en relación al “trap” viral de “Velaske yo soi guapa”, nuestro colega alicantino Alberto Segura (@ASMFresh) abría el debate en Twitter sobre la posibilidad de aplicación del límite de parodia a las marcas, en lugar de a obras protegidas por propiedad intelectual. Es relativamente habitual en España toparse con comercios que venden, por ejemplo, camisetas con marcas famosas modificadas en tono jocoso, como “ASIDRAS” en lugar de “ADIDAS”, o “FUMA” en lugar de “PUMA”. Algunos de los mejores y más divertidos ejemplos los puedes encontrar en este post de marketingdirecto.com ¿Infringen estas actuaciones los derechos de marca de sus titulares?

Esta cuestión interesante es la que motiva la redacción de este post, como abogados especialistas en marcas.

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

El hombre contra la máquina, ¿puede un robot ostentar derechos de propiedad intelectual?

«Sólo hay una cosa cierta: todo el que diga que hay diferencias básicas entre la mente de los hombres y de las máquinas del futuro se equivoca.” Con esta firmeza se manifestaba en 2016 Marvin Minsky, considerado el padre de la Inteligencia Artificial (IA), en el discurso pronunciado cuando recogía el Premio Fronteras del Conocimiento en Tecnologías de la Información y la Comunicación. Tan sólo dos años más tarde, parece que ese “futuro” ya podría estar aquí. Desde hace unas décadas somos testigos del avance de áreas de la ciencia como la robótica, que irrumpen en nuestro día a día para hacernos la vida más fácil. En los últimos años, sin embargo, es tal el desarrollo de estas máquinas que no se limitan a auxiliarnos en determinadas tareas, sino que suprimen por entero la necesidad de intervención humana incluso en el mundo de la creatividad y actividad artística.

Hoy vamos a estudiar las implicaciones que tiene para la propiedad intelectual la creación de obras por máquinas y el impacto de la Inteligencia Artificial (IA) en el derecho de autor.

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

La propuesta de Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital, ¿una mirada hacia delante o un paso atrás?

[El contenido de este artículo ha quedado desactualizado; puedes ver nuestras últimas entradas sobre cómo la Directiva de Copyright ha afectado a nuestra Ley de Propiedad Intelectual en este post (primera parte) y en este post (segunda parte)].

 

Ha saltado la sorpresa en el pleno del Parlamento Europeo, que votaba hoy la propuesta de directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital para su negociación con el Consejo. La votación ha sido desfavorable, con 318 votos en contra frente a 278 a favor (puedes ver la nota de prensa oficial del Parlamento en este link). Esta propuesta de directiva incluía los polémicos artículos 11 y 13, acusados, sobre todo en redes sociales, de ser responsables del fin de Internet tal y como lo conocemos hoy en día. El primero otorgaba un nuevo derecho a los editores sobre los usos digitales de sus publicaciones de prensa, y el segundo establecía la obligación de las plataformas de vigilar el respeto a los derechos de autor de los contenidos subidos por los usuarios.

Se prevé que tengamos que esperar a septiembre de este año para que se desarrolle una probable segunda votación, tras debates, deliberaciones y presumibles modificaciones del texto de la primera propuesta.

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

¿Sería posible que Hasbro consiguiera en España un registro de marca olfativa?

En los últimos días ha sido publicada en algunos medios la noticia de que Hasbro, la conocida compañía norteamericana de juguetes, ha “patentado” el olor de la plastilina en Estados Unidos.

Dejando a un lado el error que cometen muchos de estos medios en calificar de “patente” lo que en realidad se trata de un registro de marca (te recomendamos leer nuestras FAQs para conocer las diferencias), en este artículo planteamos la cuestión de si Hasbro podría llegar a ostentar un derecho exclusivo de marca sobre el olor de su plastilina en España, dado que la legislación y la práctica en comparación con Estados Unidos es diferente.

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

¿Qué hubiera pensado Diego Velázquez sobre el trap “Velaske yo soi guapa”? Reflexión sobre transformación, parodia e integridad.

El “trap” de la agencia de comunicación PlayGround sobre Las Meninas de Diego Velázquez, en el que la infanta Margarita le pregunta al pintor repetidamente si le parece guapa, se ha hecho viral en los últimos días. En YouTube cuenta ya con casi 400.000 reproducciones (subiendo exponencialmente), y sorprende que su creador, Christian Flores, no tenga más que unos 2.300 seguidores en Twitter (@Chraetian).

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

Nokia, Apple, o el grito de Tarzán: cuando las marcas son sonidos.

Desde un punto de vista jurídico o legal, un signo constituye marca cuando sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras. Esta capacidad distintiva o diferenciadora es fundamental para el signo: si no es suficientemente capaz de indicar al consumidor un origen empresarial, no puede recibir protección por nuestra normativa marcaria.

Ahora bien, aunque no es lo habitual, tal signo no tiene por qué ser una denominación, un logotipo o un isotipo. Nuestra legislación (tanto nacional como europea – Ley 17/2001, de Marcas, y Reglamento 2017/1001, sobre la marca de la Unión Europea, conforme a la versión codificada actual) permite que dicho signo sea, por ejemplo, una forma tridimensional, un sonido, o un color (sobre marcas de color ya hablamos en este artículo). En este post hablaremos sobre los sonidos como marcas.

Leer más
Abogados Especialistas En Marcas

Si tienes un comercio electrónico, deberías conocer estos “tips” legales.

[Artículo actualizado y completado, en 3 partes, aquí].

Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicados el pasado mes de octubre, la facturación por comercio electrónico en España ha superado los 6.700 millones de euros en el primer trimestre de 2017, lo que supone un incremento de casi un 25% respecto al primer trimestre del año anterior. Según estos datos, además, los ingresos de las compras efectuadas desde España a webs españolas han aumentado un 21% interanual, con un importe de 2.633,8 millones de euros.

Leer más
Volver arriba